Aplicación de tasas embalaje de madera que acompañen a mercancía de origen no vegetal

Desde el 1 de junio se comienza a aplicar una nueva TASA A LOS CONTROLES OFICIALES PARA EMBALAJES DE MADERA sobre toda importación de mercancía origen no vegetal que vengan con embalajes de madera, y susceptibles de inspección fitosanitaria.

Según el artículo 44, apartado 4, letra b) del Reglamento (UE) 2017/625

Las autoridades competentes de los puestos de control fronterizos y otros puntos de entrada en la Unión efectuarán controles oficiales de los siguientes elementos cuando tengan motivos para considerar que su introducción en la Unión puede plantear riesgos para la salud humana, la salud animal, la sanidad vegetal, el bienestar de los animales o, por lo que respecta a los OMG y los productos fitosanitarios, también para el medio ambiente:

a) los medios de transporte, incluso cuando estén vacíos, y
b) los embalajes, incluidos los palés.

Las tasas a aplicar desde el 01 de junio 2020 hacen referencia tanto a los controles documentales como de identidad y/o físico.

Hay que tener en cuenta que en el caso de  los embalajes que acompañan mercancía de origen vegetal, el control fitosanitario está asociado al control del embalaje de madera, pero cuando la mercancía es de origen no vegetal, es necesario realizar un control exclusivo al embalaje de madera, y será entonces cuando se aplique esta tasa.

¿Cuáles son las tasas a aplicar?

  • CONTROL DOCUMENTAL 7,88€ por partida
  • CONTROL DE IDENTIDAD 7,88€ por partida, hasta un tamaño máximo equivalente al del cargamento de un camión, de un vagón de ferrocarril o de un contenedor de volumen comparable
  • CONTROL FITOSANITARIO (Otros vegetales o productos vegetales no mencionados en otro lugar en este punto) 19,72€ por partida.