Ley Segunda Oportunidad para Autónomos

El 28 de febrero de 2015 se publicó la Ley popularmente conocida como “Ley de Segunda Oportunidad”, que pretende dar solución a ciudadanos particulares y profesionales por cuenta propia (autónomos) en situaciones de exceso de endeudamiento. Hasta ahora sólo las empresas contaban con un ordenamiento jurídico claro para afrontar un exceso de deudas. La ley establece que el autónomo pueda alcanzar acuerdos con los acreedores para aplazar y fraccionar sus deudas.

Se trata de un procedimiento simple, con intermediación de un “Mediador Concursal” que nombra el Registro Mercantil del domicilio del deudor, que intercederá con los acreedores para alcanzar un plan de pagos, sin que el autónomo tenga que dejar su actividad laboral, empresarial o profesional. Si la propuesta de aplazamiento fuera aceptada por una amplia mayoría de los acreedores, el acuerdo se recoge en una escritura pública. Por el contrario, si el acuerdo no fuera aprobado o se incumple, el mediador, cualquier acreedor o el propio deudor pueden solicitar la declaración del Concurso ante el juzgado.

En el Juzgado se estudiará, en primer lugar, si el deudor tiene más deudas que bienes y si puede o no afrontar las deudas. Si el juez concluye que no es posible atender las deudas, cerrará el proceso y declarará al autónomo “concursado”. Declarado el autónomo “concursado” puede pedir que se le perdonen deudas, si demuestra que ha actuado de buena fe y se cumplen tres condiciones:

  1. Que no se acumulen más deudas, desde que fue declarado concursado el autónomo.
  2. Que se liquiden las deudas privilegiadas (hipotecas, trabajadores, leasings, etc..)
  3. Que se pague al menos, el 25% del resto de deudas (alquiler, proveedores, etc..)

Alternativamente, para que se pueda admitir la solicitud de “perdón de deudas”, deberá proponer y comprometerse el autónomo a cumplir con un plan de pagos (sin intereses)dentro de los 5 años siguientes a la conclusión del concurso.

Para que los ciudadanos puedan vencer los problemas económicos que pueden llevarlos a la bancarrota, y salvar no sólo su actividad profesional sino también su patrimonio, y tengan una “segunda oportunidad” real, es fundamental asesorarse y actuar con tiempo antes de que la situación devenga imposible.

Desde Cuevas&Martínez Asesores aconsejamos iniciar un estudio de la situación económico-patrimonial puntual y periódicamente, a fin de anticiparse a situaciones de riesgo y sugerir sobre el mejor momento si fuera necesario aplicar esta nueva Ley.