Una última sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco da la razón a los trabajadores de las residencias geriátricas de la tercera edad que demandaban poder disfrutar de 10 minutos de descanso en pro de su salud laboral.
La sentencia desestimó el recurso de suplicación que fue presentado por la residencia y además estableció una serie de medidas de prevención en riesgos laborales que deberán cumplir todos los trabajadores de los centros que estén expuestos a riesgos biológicos según la evaluación de riesgos del puesto de trabajo:
- Descanso de 10 minutos dentro de su jornada de trabajo (computándose como tiempo de trabajo efectivo) con el fin de utilizarlos para su higiene laboral.
- Obligación por parte de la residencia de lavar los uniformes de los trabajadores.
- Obligación de poner a disposición de los trabajadores 2 taquillas, una para la ropa de calle y otra para la de trabajo.
Estas medidas que establece el Tribunal van dirigidas a la protección de los trabajadores contra riesgos biológicos derivados de su trabajo. Por lo tanto, estas medidas se pueden implantar en cualquier residencia que tenga expuestos a sus trabajares a riesgos biológicos.