Subvenciones para el emprendimiento y desarrollo empresarial en Rionansa

Está a punto de finalizar el plazo para presentar la convocatoria de las ayudas (concurrencia competitiva) destinadas a la promoción del emprendimiento y el desarrollo empresarial en el municipio de Rionansa (Cantabria). Con estas ayudas se pretende fomentar el asentamiento de la actividad empresarial en Rionansa para alcanzar una efectiva diversificación de la actividad económica y, de este modo, garantizar la creación de riqueza y de empleo estable en el municipio.

La cuantía a percibir por cada beneficiario será la que defina cada convocatoria teniendo en cuenta la partida presupuestaria a tal efecto del ejercicio 2017. Nunca podrá superar el 50% de los gastos de implantación de la actividad. El importe máximo a percibir por cada solicitante es de 5.000 €.

¿Quién puede pedir estas ayudas?

Negocios o empresas creadas entre el 1 de enero de 2016 y la fecha de publicación de la convocatoria.

Requisitos a cumplir por la convocatoria:

  1. Los beneficiarios deben estar empadronados en el Ayuntamiento de Rionansa, la empresa deberá tener su domicilio fiscal y social dentro del territorio del municipio de Rionansa.
  2. Tener satisfechas todas las deudas contraídas con el Ayuntamiento provenientes de impuestos, tasas, precios públicos o recargos tributarios.
  3. La actividad empresarial se desarrollará toda o en la mayor parte dentro del municipio de Rionansa.
  4. No tener pendiente de justificación ninguna otra subvención concedida por el Ayuntamiento de Rionansa.
  5. Mantener la actividad empresarial durante 2 años, como mínimo.
  6. Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero, aportando cuanta información le sea requerida.

¿Qué gastos serán subvencionables?

Gastos de constitución, deberá aportarse el Modelo 036 o 037, no siendo necesaria la aportación de ninguna factura.
Gastos iniciales por compra de bienes que no están destinados a su venta.

  1. Terrenos y bienes naturales.
  2. Construcciones.
  3. Instalaciones técnicas.
  4. Maquinaria.
  5. Utillaje.
  6. Otras instalaciones que supongan elementos ligados de forma definitiva al funcionamiento de la empresa.
  7. Mobiliario.
  8. Equipos para procesos de información.
  9. Elementos de transporte.
  10. Aplicaciones informáticas.
  11. Publicidad, propaganda y trámites inherentes a la actividad.

Expresamente excluidos de estas ayudas los impuestos susceptibles recuperación.

Plazo:

El plazo de inscripción de solicitudes será hasta el 18 de enero de 2018.