Les informamos que a partir del día 1 de enero de 2017, los trabajadores que se conviertan en padres, podrán disfrutar de 4 semanas de permiso de descanso por paternidad (*).
Hasta ahora, los padres habían venido disfrutando, únicamente de 15 días de descanso de paternidad (13 días de prestación más los 2 días de descanso correspondientes al permiso retribuido por nacimiento de hijo contemplado en el Estatuto de los Trabajadores).
Recordamos que, la prestación por paternidad es independiente a la prestación que tiene derecho la madre trabajadora (prestación por maternidad) y es compatible con el disfrute compartido con dicha prestación por maternidad, siempre que sea cedido por parte de la madre.
La cuantía del subsidio de la prestación por paternidad es del 100 por cien de la base reguladora de la prestación de Incapacidad Temporal, derivada de contingencias comunes, al igual que la prestación por maternidad.