Según sentencia publicada por el TS que el trabajador reciba de forma continuada por parte de la empresa el abono de su nómina, o parte de ella, en negro provoca tanto sobre la seguridad social como sobre el trabajador un claro perjuicio, y para evitarlo y poder así poco a poco acabar con la economía sumergida, los trabajadores que se encuentre presionados por esta situación podrán acudir a los tribunales y solicitar una extinción del contrato con todas las garantías legales.
Según el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores el empleado puede solicitar la extinción de su contrato con la indemnización del despido improcedente en determinados supuestos tasados y también incluye una expresión como “cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario”. Entendiéndose por tanto que el cobro en negro de su nómina es un claro incumplimiento y por tanto suficiente para que se pueda solicitar.