Ayudas Programa Tildes Digit@les Ayto. Santander

Ha sido ya publicada la convocatoria para las Ayudas, a fondo perdido, a la Transformación e Innovación en Liderazgo Digital de las Empresas de Santander, el llamado Programa TILDES DIGIT@LES.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 10 de marzo de 2023 incluido.

Las empresas y/o autónomos que realicen su actividad en la ciudad de Santander podrán ser beneficiarios del Programa TILDES DIGIT@LES siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:

  • Haber realizado y pagado entre el 10 de Noviembre de 2021 y la fecha de presentación de solicitudes de la presente convocatoria inversiones por un importe igual o superior a 1.000€, impuestos excluidos.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social, el Ayto. de Santander.
  • No tener pendiente de justificación ninguna otra subvención anterior concedida por el Ayuntamiento de Santander.
  • Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2.003 General de Subvenciones y el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de Julio, de Subvenciones de Cantabria.
  • La actividad objeto de la subvención deberá mantenerse dentro del municipio de Santander durante un período mínimo de un año a contar desde la fecha de solicitud de la ayuda.
  • Que el pago sea realizado mediante tarjeta de crédito, transferencia bancaria o cualquier medio que permita la acreditación del cargo en una cuenta de la que sea titular el beneficiario.

Acciones subvencionables:

  • Desarrollo e implantación de plataformas de venta que mediante un proyecto integral consiga mejorar los rendimientos, la presencia online y utilicen buenas prácticas de posicionamiento básico en buscadores. (Ejemplo: páginas web, tiendas online, desarrollos a medida de plataformas de bonos, etc).
  • Estudio e implantación de estrategia de posicionamiento avanzado en buscadores que consistirá en el estudio de palabras clave, análisis de la competencia, SEO on-page, SEO off-page y debe incluir informe de trabajo realizado.
  • Desarrollo e implantación de aplicaciones y dispositivos de realidad virtual y realidad aumentada aplicada a la venta y a la gestión de la actividad. (Tiendas virtuales, gestión de stock, etc).
  • Desarrollo e implantación de soluciones que faciliten el teletrabajo. (espacio en la nube, gestión de redes, etc.).
  • Desarrollo e implantación de soluciones de eficiencia energética incluido en este supuesto la adquisición de equipamiento.
  • Desarrollo e implantación de soluciones digitales que faciliten la automatización de procesos y gestión de clientes. (Softwares de gestión procesos, clientes, etc.)

Importante: No se admitirán facturas por importe inferior a 50 €, impuestos excluidos.

Cuantía:

La subvención a recibir se calculará conforme el número de trabajadores en el mes de la convocatoria según:

  • Hasta 5 trabajadores 3.000€
  • De 6 a 10 trabajadores 6.000€
  • Más de 10 trabajadores 9.000€

El pago de la subvención se realizará, previa justificación de la realización del objeto subvencionable.

Estas ayudas serán INCOMPATIBLES con cualesquiera otras ayudas destinadas a la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones Públicas y/o entidades privadas, salvo que el importe total de las ayudas percibidas sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, no supere el coste total del concepto subvencionado.

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