Apertura del interior de la Hostelería en Cantabria

Hoy 03 de marzo del 2021 quedan sin efecto las medidas de cierre de las zonas interiores de los establecimientos de hostelería y restauración y de cierre de casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas, previstas en la Resolución de la Consejería de Sanidad de 13 de enero de 2021 (BOC extraordinario nº 4, de 14 de enero de 2021), prorrogadas mediante Resolución de la Consejería de Sanidad de 12 de febrero de 2021 (BOC extraordinario nº 11, de 12 de febrero de 2021) y mediante Resolución de 25 de febrero de 2021 (Boletín Oficial de Cantabria extraordinario nº 13 de 26 de febrero de 2021).

La apertura de los interiores podrá llevarse a cabo siempre y cuando no se supere 1/3 del aforo, los establecimientos deberán publicar en lugar visible el número máximo de personas que pueden ocupar el local de acuerdo con la licencia o autorización concedida.

El consumo en el interior de los locales podrá realizarse ya sentados en mesa, o agrupaciones de mesas con una ocupación máxima de 6 personas. Deberá asegurarse el mantenimiento de la debida distancia física de 2 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. La mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respeten la distancia mínima de seguridad interpersonal.

Deberá mantenerse permanentemente abierta, la puerta de entrada y, al menos, una de las ventanas de los establecimientos, así como la puerta del comedor.

El cierre de cafeterías, restaurantes, bares y demás establecimientos en los que se desarrollen actividades de hostelería y restauración se mantiene a las 21.30 horas, no pudiendo en ningún caso admitirse nuevos clientes a partir de las 21.00 horas. Ello se entiende sin perjuicio de la aplicación del horario máximo que tuvieran previamente autorizado en caso de que éste estableciese una hora de cierre anterior.

El aforo máximo de ocupación de las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos ubicados en Cantabria será del 50%.

Con respecto a los autónomos que hubieran pedido la prestación PECANE SUSPENSIÓN regulada en el artículo 13.1 del RDL 30/2020  (Hostelería y Azar), la seguirán percibiendo hasta el 31 de marzo (último día del mes en que se levanta la suspensión) así como se beneficiarán igualmente de la exoneración de la cuota de autónomos del mes de marzo, de forma general se finalizará el pago de las prestaciones para todos los beneficiarios, por lo que no es necesario informar sobre la reapertura. A partir de 01/04/2021 podrán beneficiarse, siempre que cumplan con los criterios establecidos para ello, del resto de prestaciones vigentes hasta 31/05/2021 reguladas en el RDL2/2021.