Alta en el REDEME (Registro mensual del IVA)

Últimos días para solicitar la inclusión en el Registro de Devolución Mensual de IVA (REDEME), aunque la inscripción se realiza ahora no comenzará a surtir efecto hasta el 1 de enero del 2018.

Obligaciones

Los sujetos pasivos que soliciten la inscripción en el registro deberán liquidar el IVA mediante autoliquidaciones con periodicidad mensual vía telemática obligatoriamente.

Los sujetos pasivos inscritos en el REDEME están obligados a permanecer en él durante al menos el año para el que se solicitó la inscripción, aunque podrá presentarse la baja voluntaria a petición del sujeto dentro de unas fechas concretas.

¿Pueden excluir al sujeto del REDEME?

Si, y dicha exclusión surtirá efectos desde el primer día del periodo de liquidación en el que se haya notificado el respectivo acuerdo, estando vigente durante los 3 años siguientes a la fecha de notificación de la resolución.