Ha sido ya publicada la convocatoria de ayudas en concurrencia competitiva, para este año 2022, del programa Emplea de Sodercan, que tienen como finalidad incentivar la contratación indefinida o el cambio de contratos temporales en indefinidos, de personas tituladas en formación profesional o universitaria, en las empresas de Cantabria.
La actividad a desarrollar por la empresa o autónomo solicitante deberá estar incluida entre las enumeradas a continuación según descripción CNAE:
1. Acuicultura para las actividades no excluidas por el reglamento (CE) nº 717/2014 de la Comisión de 27 de junio de 2014.
2. Industria manufacturera.
3. Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación.
4. Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción.
5. Acabado de edificios.
6. Mantenimiento y reparación de vehículos de motor.
7. Provisión de comidas preparadas para eventos y otros servicios de comidas.
8. Información y comunicaciones.
9. Actividades profesionales, científicas y técnicas.
10. Actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
11. Otras actividades de limpieza industrial y de edificios.
12. Actividades de jardinería.
13. Actividades de centros de llamadas.
14. Organización de convenciones y ferias de muestras.
15. Actividades de envasado y empaquetado (para terceros).
16. Otra educación n.c.o.p.
17. Actividades auxiliares a la educación.
18. Actividades de creación, artísticas y espectáculos.
19. Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales.
20. Actividades recreativas y de entretenimiento.
21. Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico.
22. Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel (excluidos negocios autoservicio)
Acciones Subvencionables y obligaciones
Serán subvencionables las actuaciones destinadas a cubrir los costes de la nueva contratación de personal durante los 12 primeros meses de la contratación. El contrato deberá estar formalizado entre el 1 de enero de 2021 y los 45 días naturales siguientes a la fecha de resolución de concesión. Se entiende por coste de contratación, la suma de la retribución salarial bruta anual a percibir por la persona trabajadora más la cuota empresarial a la Seguridad Social correspondiente a dicho/a trabajador/a.
El contrato tendrá carácter indefinido, a tiempo completo o parcial, pero el salario bruto anual mínimo (excluidas las cargas sociales a cargo de la empresa), en el caso de contrato a tiempo completo, deberá ser de 16.000€. En el caso de contratos a tiempo parcial, el salario bruto anual mínimo será proporcional al número de horas establecido en el contrato.
Cuantía
La intensidad máxima concedida será del 70% del presupuesto total elegible (12 primeros meses de contratación) para nuevas contrataciones y hasta el 45% en el caso de cambio de contrato temporal a indefinido, con un máximo de 18.000 € por solicitud, siempre que se trate de contratos a tiempo completo (en el caso de contratos a tiempo parcial, el salario bruto anual será proporcional al número de horas establecido en el contrato).
Beneficiarios
- Empresas que tengan una fecha de constitución y de inicio de actividad posterior al 1 de enero de 2018
- Autónomos que tengan una fecha de actividad posterior al 1 de enero de 2018
- Las empresas de nueva creación podrán ser beneficiarias de estas ayudas siempre y cuando dispongan de CIF y aun cuando no estén dadas de alta en la Seguridad Social en el momento de presentar la solicitud, debiendo, en este caso, acreditar su actividad en cualquier régimen de la Seguridad Social a la fecha de justificación.
Plazo de presentación solicitudes
Desde el 14/03/2022 hasta el mismo 15/06/2022