Subvenciones Programa Santander 30: CREA, EMPLEA Y RETORNA

Subvención Programa Santander 30, ya está abierto el plazo de presentación de solicitudes paras el ejercicio 2024, por concurrencia competitiva. Las Subvenciones Programa Santander 30, consta de 3 Líneas: CREA, EMPLEA Y RETORNA.

 

Desde Cuevas y Martínez Asesores os trasladamos un resumen de los puntos más importantes de estas subvenciones para que podáis valorar si, como autónomo, emprendedor o empresa podríais ser beneficiarios de alguna de estas líneas.

 

La convocatoria de Subvención Programa Santander 30 consta de tres programas: uno dirigido al emprendimiento y los otros a la contratación o traslado de jóvenes empadronados en el municipio, y establece la siguiente obligación al beneficiario común a las 3 líneas de Subvención Programa Santander 30:

Mantener la actividad dentro del municipio de Santander durante al menos un año desde la fecha de inicio de la actividad (Programa I: SANTANDER 30 CREA) o desde la fecha de formalización del contrato (Programas II y III: SANTANDER 30 EMPLEA y RETORNA)

Compatibilidad de ayudas:

  • Compatibles con cualesquiera otras ayudas destinadas a la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones Públicas y/o entidades privadas, siempre y cuando el importe total de las ayudas percibidas no supere el coste total del concepto subvencionado.
  • Compatibles entre los distintos programas, siempre que un mismo contrato no sea subvencionado por más de una modalidad de subvención.

Programa I Subvención Programa Santander 30 SANTANDER 30 CREA

Beneficiarios: Autónomos y sociedades que hayan iniciado una actividad en el municipio de Santander entre el 29 de septiembre de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud.

PLAZO: hasta el 9 de julio de 2024

Requisitos:

    • Que no hayan desarrollado la misma o similar actividad en los doce meses anteriores al alta en la Agencia Tributaria.
    • Que no tengan más de 10 trabajadores a la fecha de presentación de la solicitud.
    • Que no hayan recibido la ayuda para creación de empresas del Ayuntamiento en las convocatorias de 2022 y 2023 para un proyecto de la misma o similar actividad.

Modalidades y cuantías:

    • Jóvenes con 30 o menos años de edad (35 en el caso de personas con discapacidad): entre 2.000 y 5.000€. 2.000 € de subvención base más 100 por cien de gastos de inversión y puesta en marcha de la empresa (con un máximo de 3.000 € y sin requisito de inversión mínima)
    • Resto de beneficiarios: hasta el 100 por cien de los gastos de inversión y puesta en marcha de la empresa, con un límite máximo de 3.000 € y una inversión mínima de 1.000€

El requisito de edad se computa a la fecha de alta de la actividad en la Agencia Tributaria.

En el caso de sociedades, se podrá acceder a la ayuda de jóvenes cuando al menos uno de los socios que se dé de alta en la Seguridad Social como consecuencia del inicio de la actividad tenga 30 o menos años (35 para personas con discapacidad).

Gastos e inversiones subvencionables:
    • Adquisición de inmuebles afectos a la actividad.
    • Arrendamiento de local de negocio.
    • Acondicionamiento de inmuebles afectos a la actividad.
    • Maquinaria, herramientas y utillaje.
    • Medios de transporte afectos a la actividad.
    • Mobiliario y enseres.
    • Equipos informáticos y de oficina.
    • Software, páginas web, plataformas de comercio electrónico y desarrollo de aplicaciones para dispositivos móviles,
    • Derechos de traspaso, cánones, marcas y otro inmovilizado inmaterial.
    • Honorarios, proyectos, licencias, autorizaciones y cualesquiera otros gastos vinculados a las obligaciones formales de constitución y puesta en marcha de la actividad.
    • Altas en suministros
    • Realización de estudios o informes estratégicos, de mercado, marketing, etc.

Los gastos tienen que estar facturados y pagados entre los seis meses anteriores y los seis meses posteriores al alta en la Agencia Tributaria.

No se admitirán facturas en las que el objeto subvencionable no alcance el importe mínimo de 50€, impuestos excluidos.

No se admiten pagos en efectivo.

Se admiten la compra de bienes de segunda mano, operaciones con pago aplazado y arrendamiento financiero.

Programa II Subvención Programa Santander 30: SANTANDER 30 EMPLEA

PLAZO: hasta el 16 de septiembre de 2024

Beneficiarios: Autónomos, empresas y otras entidades con centro de trabajo en Santander que contraten a jóvenes de hasta 30 años de edad (35 en el caso de personas con discapacidad)

Modalidad y cuantía:

    • 4.000 € por
    •  empresas con 10 o menos trabajadores a la fecha del contrato

Plazo de contratación: entre el 1 de diciembre de 2023 y el 16 de septiembre de 2024

Requisitos de las personas contratadas:

    • Cumplir con el requisito de edad a la fecha de alta en la Seguridad Social correspondiente al contrato subvencionado
    • Estar empadronadas en el municipio de Santander a la fecha de la presentación de la solicitud

Requisitos de los contratos:

    • Duración mínima de 12 meses
    • Que el puesto de trabajo asociado al contrato esté en Santander.

En los contratos a tiempo parcial por el 50 por ciento o más de la jornada, la subvención se reducirá en un 50 por ciento (no se subvencionan contratos con jornadas inferiores al 50 por ciento)

No se subvencionan contratos fijos discontinuos.

Se permite una única sustitución del trabajador contratado en el caso de baja voluntaria o cese por no superar el período de prueba.

Programa III Subvención Programa Santander 30: SANTANDER 30 RETORNA

PLAZO: hasta el 16 de septiembre de 2024

Condición de joven retornado:

    • 30 o menos años de edad o 35 en el caso de tratarse de personas con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento
    • Que hayan nacido o estado empadronados en Santander durante al menos los tres años anteriores a su salida del municipio
    • Que hayan residido fuera de Santander durante al menos los tres meses anteriores a la formalización del contrato o del traslado de centro de trabajo
    • Que a la fecha de presentación de la solicitud estén empadronados en el Ayuntamiento de Santander

Dos líneas de Ayudas:

1. Contratación de jóvenes retornados:

Beneficiarios: personas físicas y jurídicas (incluidas cooperativas, sociedades laborales, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro) que Cuenten con un centro de trabajo en Santander

Contraten o hayan contratado a jóvenes retornados entre el 1 de diciembre de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud

Requisitos de los contratos:

    • Que se formalicen por una duración mínima de 12 meses
    • Que las funciones se desempeñen en un centro de trabajo ubicado en Santande
    • Se excluyen los contratos fijos discontinuos

Los beneficiarios obtendrán 5.000 € por contrato formalizado. En caso de tener menos de 10 trabajadores en los contratos a tiempo parcial con más de un 50% podrá incrementarse en 1.000€.

2. Traslado de jóvenes a un centro de trabajo ubicado en Santander

Beneficiarios: personas físicas y jurídicas (incluidas cooperativas y sociedades laborales, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro) que trasladen a un centro de trabajo de Santander a jóvenes retornados entre el 1 de diciembre de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud.

Exclusiones: traslados temporales que impliquen una permanencia en el municipio de Santander inferior a 12 meses y contratos fijos discontinuos.

Cuantías:

    • 2.000 € por contrato formalizado, que se incrementarán en 1.000 € adicionales para las empresas de 10 o menos trabajadores
    • En los contratos a tiempo parcial con más de un 50 por ciento de duración de la jornada, importe proporcional (no son subvencionables los contratos de menos del 50 por ciento de la jornada)

Conoce más sobre la convocatoria de Subvenciones Programa Santander 30: CREA, EMPLEA Y RETORNA, si necesitas más información ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos