Subvenciones para actividades de participación ciudadana 2019, Torrelavega

Acaban de ser publicadas las Bases Reguladoras de la convocatoria 2019 para las subvenciones encaminadas a actividades relacionadas con la participación ciudadana, a desarrollar entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 (ambos inclusive) del Ayuntamiento de Torrelavega.

El tipo de proyecto que podrá ser objeto de esta subvención son los relacionados con actividades de carácter social, de fomento de la participación ciudadana, y de integración y convivencia vecinal, siempre que se refieran a materias incluidas entre las competencias municipales. Debe existir siempre una relación directa del proyecto con el área de participación ciudadana, en caso contrario y aunque se cumplan el resto de requisitos no podrá ser beneficiario de la subvención.

Las subvenciones, que será otorgadas en  régimen de Concurrencia Competitiva, en caso de ser otorgadas en esta convocatoria no crea un derecho posterior a su disfrute en futuras convocatorias; pero si que serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos concedidos o procedentes de otras administraciones públicas, entidades o personas.

¿Quién podrá ser beneficiario de estas ayudas?

  • Las asociaciones de vecinos o cualquier otra asociación o entidad que esté legalmente constituida, carezca de ánimo de lucro, tenga su domicilio social en el municipio de Torrelavega.
  • Las asociaciones deben encontrarse inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.

¿Quien quedará excluido de estas subvenciones?

  • Las asociaciones o entidades que cuenten o reciban subvenciones nominativas del Ayuntamiento.
  • Cuando exista ánimo de lucro.
  • Las asociaciones que tengan deudas con el Ayuntamiento de Torrelavega.
  • Las solicitudes de subvención presentadas fuera de los plazos establecidos.
  • Las asociaciones o entidades que incumplan cualquiera de los artículos de estas bases.

Actividades Excluidas del objeto de Subvención:

  • Las que sean o puedan ser objeto de otra convocatoria municipal más específica.
  • Las orquestas y actuaciones musicales.
  • Las relativas a enseñanza reglada, apoyo escolar o extraescolar.
  • Las celebraciones y viajes, gastos de representación y desplazamiento fuera del término municipal (incluidos alojamiento y manutención).
  • Las actividades cerradas o que limiten la participación o que pretendan el disfrute del proyecto subvencionado exclusivamente a miembros de la entidad solicitante.
  • Las que no respondan al objeto de esta convocatoria.
  • Las publicaciones promovidas por particulares.
  • Las de carácter religioso, sindical o político.
  • Las que formen parte de otros proyectos subvencionados por el Ayuntamiento.

Cuantía de la subvención:

Las subvenciones se otorgarán a fondo perdido.

La cuantía máxima por proyecto no podrá superar los 400,00 euros, además el importe de cada subvención que se solicite, no podrá superar el 70% del coste de la actividad correspondiente. En caso que  la subvención concedida sea inferior a la solicitada, el beneficiario ejecutará la totalidad del proyecto presentado financiando la diferencia con sus propios recursos.

El 70% del importe se abonará una vez realizada la actividad y presentada la documentación pertinente, el 30% restante se abonará una vez presentada la documentación justificativa.

Presentación de la Solicitud:

Irán dirigidas a la Concejalía delegada de Asuntos Europeos y Participación Ciudadana, para ser tramitadas por la Unidad administrativa de Estadística y Asuntos Generales y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Torrelavega.

Plazo de presentación – 1 mes a partir de la publicación (27/11/2019) en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de la convocatoria. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitud comenzará a contar el plazo de resolución de éstas, con un máximo de 6 meses. Transcurrido el plazo señalado sin que la Administración municipal haya resuelto y publicado la resolución, se entenderá desestimada la solicitud de subvención a los efectos de la presentación por los interesados de los recursos y reclamaciones que estimen oportunas.