Ya han sido publicadas las bases reguladoras de la línea de subvenciones, por concurrencia competitiva, del Programa Emplea de Sodercan en Cantabria, con el fin de incentivar la contratación indefinida o la conversión de contratos temporales en indefinidos por parte de empresas o autónomos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
La subvención se destinará a cubrir los costes de la contratación indefinida o de la conversión del contrato temporal a indefinido ( se trata de la suma de la retribución salarial bruta anual a percibir por el trabajador más la cuota empresarial a la Seguridad Social correspondiente) durante el periodo que se fije en la convocatoria correspondiente; el contrato deberá además estar formalizado en las fechas descritas en la correspondiente convocatoria.
No serán subvencionables los siguientes gastos:
- Dietas, gastos de desplazamiento, kilometraje, pago de gastos justificados, o cualquier otro considerado como retribución extrasalarial.
- Horas extraordinarias.
- Retribuciones en especie o beneficios complementarios.
- Bonus, incentivos o pago de retribución variable.
El plazo de presentación de las solicitudes y la documentación que haya de presentarse será la indicada en la correspondiente convocatoria y el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses desde la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
En caso de ser beneficiario de estas subvenciones, se deberá justificar ante SODERCAN la total realización de la contratación objeto de subvención y de las condiciones a que ésta se supeditó en el plazo máximo de dos meses a contar desde la finalización del plazo de ejecución; el incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente será causa de revocación y reintegro de la subvención.
Requisitos
- La actividad de los autónomos y las empresas deberá haberse iniciado con posterioridad a la fecha indicada en la convocatoria del Programa Emplea.
- Se deberá contar con el domicilio social y/o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Cantabria y realizar en la región las actividades.
- Disponer de realizada la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva de la empresa
- La actividad a desarrollar por la empresa o autónomo solicitante deberá estar incluida entre las enumeradas a continuación según descripción CNAE:
- Acuicultura para las actividades no excluidas por el reglamento (CE) nº 717/2014 de la Comisión de 27 de junio de 2014.
- Industria manufacturera.
- Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación.
- Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción.
- Acabado de edificios.
- Mantenimiento y reparación de vehículos de motor.
- Provisión de comidas preparadas para eventos y otros servicios de comidas.
- Información y comunicaciones.
- Actividades profesionales, científicas y técnicas.
- Actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
- Otras actividades de limpieza industrial y de edificios.
- Actividades de jardinería.
- Actividades de centros de llamadas.
- Organización de convenciones y ferias de muestras.
- Actividades de envasado y empaquetado (para terceros).
- Otra educación n.c.o.p.
- Actividades auxiliares a la educación.
- Actividades de creación, artísticas y espectáculos.
- Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales.
- Actividades recreativas y de entretenimiento.
- Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico.
- Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel (excluidos negocios autoservicio).
Los candidatos deberán cumplir además con los siguientes requisitos:
- Estar en posesión de titulación universitaria o formación profesional.
- Para contrataciones indefinidas iniciales deberán encontrase en situación de desempleo.
- Para conversión de contratos temporales a indefinidos deberán figurar de alta de manera ininterrumpida en la empresa durante al menos 6 meses previos a la fecha de conversión del contrato.
Exclusiones
- Las actividades de transporte y almacenamiento
- Las actividades pesqueras, ganaderas, agrícolas, de silvicultura y extractivas
- La actividad de comercio al por menor y por mayor
- Las actividades basadas exclusivamente en ecommerce, hostelería, construcción (excepto las actividades incluidas en el listado anterior)
- Las actividades inmobiliarias, de intermediación financiera y de seguros
- Las actividades en régimen de franquicia
- Las empresas de aquellos sectores que no entran dentro del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) nº 1407/2013, de minimis
- Las empresas/entes públicos
- La contratación de un trabajador que ya haya sido objeto de apoyo por parte de SODERCAN en anteriores convocatorias de ayudas a la contratación.
Esta subvención será incompatible con cualquiera otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad procedente del Gobierno de Cantabria, sus organismos autónomos y entidades públicas empresariales, pero será totalmente compatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras Administraciones o entes, públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que el importe total de las ayudas no supere el límite de intensidad fijado en la normativa.