Ahora que estamos metidos de lleno en periodo estival recordar que los obligados tributarios que estén incluidos en el sistema de Dirección Electrónica Habilitada (DEH) que podrán señalar exclusivamente por Internet determinados días, (días de cortesía) en los que la Administración Tributaria no podrá poner a disposición de los sujetos pasivos notificaciones en dicha dirección. Es muy conveniente realizar este proceso para que evitar que la Administración Tributaria ponga a disposición de los obligados tributarios notificaciones electrónicas.
¿Cuántos días se pueden comunicar como Días de Cortesía?
Máximo de 30 días al año. Los días señalados se computarán como dilación no imputable a la Administración.
Aplicable tanto a los incluidos en DEH con carácter obligatorio como a los voluntarios.
¿Cómo se debe comunicar?
Deberá comunicarse obligatoriamente en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.