Ayudas al Comercio minorista Cantabria 2023

Ayudas al comercio minorista en Cantabria. Ha sido publicada la Orden IND/18/2023 de la convocatoria 2023, conoce las acciones subvencionables para esta ayuda:

  • Realización de obras de acondicionamiento y reforma de los establecimientos de venta al público o de prestación del servicio.
  • Realización de obras para eliminar barreras arquitectónicas en estos establecimientos, que faciliten el acceso para las personas con movilidad reducida.
  • Adquisición de equipamiento comercial y maquinaria, relacionados con la actividad desarrollada, que deberá ser una de las previstas en los puntos 1 y 2 del resuelvo cuarto de la Orden, para su utilización en el propio establecimiento y la adquisición de remolques-tienda y camiones-tienda por comerciantes ambulantes.
  • Instalación de sistemas de seguridad para la vigilancia de los establecimientos comerciales

No tendrán la consideración de acciones subvencionables para las Ayudas al comercio minorista en Cantabria:

  • La adquisición de bienes usados
  • No se consideran gastos subvencionables, los honorarios profesionales, visados, traídas y acometidas, los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales, los gastos periciales, de consultoría y de redacción de proyectos técnicos, estudios geotécnicos y medioambientales, dirección de obras y los gastos de administración.
  • En ningún caso, se consideran gastos subvencionables el IVA, los impuestos personales sobre la renta y demás impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, es decir, si son deducibles en la declaración del impuesto.
  • La adquisición de materiales u otros elementos para la realización de las obras por el propio solicitante
  • La adquisición de elementos de transporte, salvo para comerciantes ambulantes, útiles, herramientas y otros bienes consumibles.
  • La realización de las obras o instalación del equipamiento comercial, de seguridad en zonas del establecimiento destinadas a cualquier actividad económica diferente al comercio o a la prestación del servicio que fundamentan su concesión.

Para ser beneficiario es necesario realizar una inversión mínima de 2.500€ (excluyendo el iva).

Las acciones subvencionables tienen que estar pagadas y realizadas entre el 09/07/2022 y la presentación de la solicitud.

Las subvenciones podrán alcanzar hasta un 35% de los gastos subvencionables del proyecto de inversión, con una cantidad máxima de 6.000€.

PLAZO DE PRESENTACIÓN 17/04/2023

Junto a la solicitud hay que presentar:

  • Documentación general establecida en la convocatoria
  • Las facturas
  • Justificantes de pago
  • Memoria descriptiva del proyecto de inversión.

Si necesitas que gestionemos y presentemos la solicitud de la ayuda para este 2023, ponte en contacto con nosotros

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. Nunca almacenamos información personal.

La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Tienes toda la información sobre privacidad, derechos legales y cookies en nuestras páginas sobre Política de Privacidad, Aviso Legal y Política de Cookies