Obligaciones de información de las entidades vinculadas – país por país

La presentación de la Declaración Informativa País por País – Modelo 231 es obligatoria desde el día siguiente a la finalización del periodo impositivo a que se refiera la información a suministrar hasta que transcurran los 12 meses desde la finalización de dicho periodo impositivo; el próximo día 31 de Diciembre de 2020 finaliza el periodo para informar sobre el año 2019.

Deberán aportar la información país por país:

  • Los Grupos que registren una facturación superior a 750 millones de euros (ingreso del conjunto de entidades que formen parte del grupo) tienen la obligación de preparar la Información País por País.
  • De manera general, tienen la obligación de informar en España, ante la Administración Tributaria, aquellas entidades matrices residentes en España de Grupos multinacionales y las entidades residentes en España que sean designadas como las responsables de su desarrollo.
  • La presentación del Modelo de Declaración 231 de Información País por País será de forma telemática a través del Portal de la Agencia Tributaria.

Las entidades residentes en España que formen parte de un Grupo que esté obligado a presentar la declaración de Información País por País están obligadas a informar a la Agencia Tributaria los datos identificativos de la entidad del Grupo responsable de la Declaración la Información País por País antes del 31 de diciembre de 2019.

Fuente: Escura Consulting
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