Con la llegada de la campaña de la Renta 2024, muchas familias se preguntan cómo afectarán las modificaciones introducidas en la Deducción por Maternidad y Gastos de Guardería en la Renta 2024 o centros de educación infantil. En este artículo explicamos de forma clara y precisa los cambios que entraron en vigor desde el 1 de enero de 2023, así como las novedades que trae consigo la Sentencia del Tribunal Supremo del 8 de enero de 2024. El objetivo es ayudar a los contribuyentes a entender quién puede beneficiarse de estas deducciones y en qué condiciones.
La deducción por maternidad es un beneficio fiscal dirigido a las mujeres con hijos menores de tres años. Hasta 2022, solo podían aplicarla aquellas que trabajaban por cuenta propia o ajena y estaban dadas de alta en la Seguridad Social. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2023, se han ampliado los supuestos para facilitar el acceso a esta deducción.
Requisitos para aplicar la Deducción por Maternidad
A partir de esta modificación, podrán beneficiarse de la deducción por maternidad las mujeres que tengan hijos menores de tres años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes.
Cumplan alguno de los siguientes requisitos:
- Perciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección por desempleo en el momento del nacimiento del menor.
- Estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad en el momento del nacimiento del menor.
- Estén dadas de alta en cualquier momento posterior al nacimiento, con un mínimo de 30 días cotizados, computándose también los días cotizados antes del nacimiento.
Cuantía de la Deducción por Maternidad
La deducción permite minorar la cuota diferencial del IRPF hasta en 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años, durante los ejercicios fiscales posteriores al nacimiento y hasta que el niño cumpla los tres años.
Se calcula en función del número de meses del ejercicio fiscal posteriores al momento en que se cumplan los requisitos.
Incremento por cumplimiento tardío: Si el alta en la Seguridad Social se produce después del nacimiento, y se alcanza el mínimo de 30 días cotizados, la deducción del mes en que se cumple ese requisito se incrementa en 150 euros anuales.
Supresión del límite de cotizaciones
Otra de las novedades importantes es la eliminación del límite relacionado con las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social o mutualidades. En la normativa anterior, esta condición podía restringir el acceso o el importe deducible. Desde 2023, este límite ha desaparecido, facilitando la aplicación de la deducción.
Además de la deducción base por maternidad, es posible incrementarla hasta en 1.000 euros adicionales si se han satisfecho gastos de custodia del menor en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
Requisitos para el incremento por Gastos de Guardería
Para que este incremento se aplique, deben cumplirse los siguientes requisitos de forma simultánea durante los meses en cuestión:
- El contribuyente debe tener derecho a la deducción por maternidad.
- Se deben haber pagado gastos de custodia del hijo menor de tres años en centros autorizados.
- El importe del incremento se calcula de forma proporcional a los meses en que se cumplan estos requisitos. Además, el límite máximo será el gasto efectivo no subvencionado satisfecho en dicho periodo.
Tipos de centros que permiten aplicar el incremento por Gastos de Guardería
Hasta la publicación de la Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de enero de 2024, solo se consideraban válidos los centros de educación infantil autorizados por la Administración educativa de la Comunidad Autónoma.
No obstante, la citada sentencia amplía el concepto de «centro autorizado». A partir de ahora, también podrán beneficiarse del incremento aquellas madres cuyos hijos estén en guarderías con autorización municipal, es decir, con licencia del ayuntamiento correspondiente, siempre que esta autorización sea necesaria para su apertura y funcionamiento.
Esto supone una interpretación más flexible y favorable para muchas familias, que podrán beneficiarse del incremento sin necesidad de acudir exclusivamente a centros con reconocimiento educativo autonómico.
Documentación necesaria para aplicar la Deducción por Maternidad y Gastos de Guardería en la Renta 2024
Para poder aplicar la Deducción por Maternidad y Gastos de Guardería en la Renta 2024 y su incremento, es recomendable conservar y presentar a tu asesor la siguiente documentación:
- Libro de familia o certificado de nacimiento.
- Documentos que acrediten la percepción de prestaciones por desempleo o alta en la Seguridad Social.
- Justificantes de pago de los gastos de custodia: facturas, recibos, contratos con la guardería, etc.
- Acreditación de la autorización del centro (educativa o municipal).
La Deducción por Maternidad y Gastos de Guardería en la Renta 2024 tras su modificación legal y la sentencia del Tribunal Supremo, se presenta como una herramienta fiscal más accesible y beneficiosa para muchas familias. Gracias a la ampliación de los supuestos y al reconocimiento de las guarderías con autorización municipal, se espera que más madres puedan acogerse a este incentivo.
Es fundamental conocer los requisitos, preparar la documentación adecuada y revisar con atención la situación personal para no dejar pasar esta oportunidad que puede suponer un alivio económico considerable.
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