Ayudas a la artesanía en Cantabria

Ya se pueden presentar, hasta el próximo 07 de Septiembre del 2020, las solicitudes para la convocatoria del 2020 de las ayudas a la artesanía en Cantabria. La concesión de las ayudas irá por Concurrencia Competitiva y responderá a la única finalidad de apoyar la creación de talleres artesanos y la adaptación de los existentes a las necesidades productivas, comerciales y formativas actuales.

Estas ayudas una vez concedidas deberán ser justificadas a partir de las facturas detalladas de cada gasto y sus respectivos justificantes de pago, debiendo estar facturados y pagados íntegramente dentro de los plazos de ejecución especificados anteriormente.

¿Quién podrá ser beneficiario de estas ayudas?

  • Las personas físicas o jurídicas que estén legalmente constituidas
  • Que se encuentren en situación de alta en la Seguridad Social
  • Que sean titulares de empresas artesanas incluidas en los grupos de Estética o de creación artística y tradicional o popular y de Artesanía de bienes de consumo (Alimentación) del Repertorio de actividades artesanas de Cantabria. Se debe poder aportar el documento de calificación artesanal expedido por la Consejería.
  • Que se encuentren encuadradas en el epígrafe correspondiente a dicha actividad del impuesto sobre actividades económicas.

¿Qué condiciones tiene que reunir un Taller Artesano en Cantabria?

  • La actividad a desarrollar en el taller debe ser prácticamente en su totalidad manual, que permita producir un producto individualizado.
  • Debe contar con un artesano o maestro artesano que o bien dirija el taller o participe en el desarrollo de la actividad del taller.
  • La actividad a desarrollar en el taller debe aparecer en el Registro de Actividades Artesanas de Cantabria.
  • Los trabajadores que desarrollen sus funciones en el taller de forma permanente y con carácter de no familiares no pueden ser más de diez, exceptuando a los aprendices alumnos.

¿Qué se puede subvencionar?

OPCIÓN A

Se puede solicitar la subvención de las siguientes actividades que se desarrollen dentro del periodo de tiempo desde el 7 de septiembre de 2019 al 7 de septiembre de 2020, ambos inclusive.

  1. La creación, ampliación, modernización y traslado de locales destinados a talleres artesanos, o al desarrollo de una actividad artesanal.
  2. La adquisición de maquinaria, herramienta, equipo auxiliar, etc., vinculado al ejercicio de la actividad artesana.
  3. La adecuación y equipamiento de las instalaciones productivas artesanas.

El importe mínimo para los costes subvencionables  de estas actividades es de 1.000€ por solicitud, sin poder superar los 15.000€ por solicitud.

OPCIÓN B

Se puede solicitar la subvención de las siguientes actividades que se desarrollen dentro del periodo de tiempo desde el 7 de septiembre de 2019 al 7 de septiembre de 2020, ambos inclusive.

  1. La asistencia de los talleres artesanos a ferias o eventos comerciales, expositivos y promocionales, en lo sucesivo denominadas genéricamente ferias.
  2. La asistencia de los talleres artesanos a cursos de formación.

El importe máximo subvencionable será de 4.000€ por solicitante.

En este caso además se establece un importe de dieta diaria para los gastos de alojamiento y manutención derivados de la asistencia a ferias y cursos de formación de 95 euros/día fuera de Cantabria y 130 euros/día fuera de España, siendo días los computables de duración de la feria o curso.

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